Criminal contra don Romualdo Antonio Esponda

28 04 2009

El ciudadano Bernardo de Vera Juez de alta policía dijo: que habiéndose sorprendido a Don Antonio Esponda por el denuncio de estar bordando unas banderas reales distintivo bajo el cual nos atacan los Cisneros en Chile, y que envuelve el indicio de una conjuración contra la Patria para indagar este crimen, los delincuentes, y su resultado mandó levantar este auto, que sirva de cabeza de proceso. Firmó Santiago De Chile Septiembre veintisiete de mil ochocientos catorce

Don Bernardo de Vera

José Ignacio Zenteno

Excelentísimo gobierno

Inmediatamente vino ante el juez el sargento primero de artillería Juan Landa, y hecho juramento en forma, y examinado por el auto cabeza de proceso dijo: que en la casa de las señoras Alagnas (que se hallan hoy en el campo) quedo viviendo Don Antonio Esponda en el patio de afuera, y allí mismo vivía una anciana llamada Clara a quien visita la hermana del declarante Francisca Landa, quien en una de las tardes pasadas, habiendo salido Esponda a recibir ciertas visitas de un cuarto del segundo patio donde se lleva escondido pasó para adentro, y encontró las banderas reales que estaban bordando con todos los aparatos de esta obra que le hicieron sospechoso al sujeto, lo denuncio al declarante este a su capitán don Servando Jordán con el antecedente en la forma publica, que lo califica de un gentil sarraceno que en la verdad bajo del juramento hecho en que se afirmó hoy da su declaración. Que se de treinta días y firmo con el señor Juez. Doy fe –

Dr. Vera

Juan Landa

Ante mi Zenteno

 

Sentencia

 

A su diligencia así opina el Ministerio: usted resolverá como halle justo Santiago y septiembre 29 de 1814 llamado con esta vale

Barros Fernandez

Santiago y Septiembre 29 de 1814

Dando a esta causa la sustanciación breve que exige su naturaleza, la crisis del día, y la verdad convenida, y  confesada de la odiosidad de Antonio Esponda contra el sistema de la patria, cuyo pabellón se preparaba a infamar con el de los traidores que invaden a Chile, trabajado por sus manos para tremolarlo en su entrada con profanación de la misma bandera que meditaba hacer servir a su crimen; se le condena a presenciar la consunción de esta en medio de la plaza por mano del Verdugo en una hoguera al pie del Estandarte Tricolor que estará enarbolado. Allí proclamará por tres veces Viva la Patria a toda voz: recibirá después doscientos azotes por las calles: y saldrá desterrado por diez años a trabajar en las obras públicas de Mendoza.

Pongase en libertad á Don José Sanfuentes: apercibiéndole que si otra vez se ocultase sin delito se castigará su temor como criminal. Pase el proceso con esta sentencia al Supremo Gobierno

 

Para que si lo tuviere a bien decrete su ejecución y devuelva los autos para continuarlos contra los demás q resultan reos

Doctor Vera

Ante mi

Zenteno

Santiago y septiembre de 1814

Apruébese esta sentencia. Téngase entendido que la infamia no es transcendental a la familia. Ofíciese al Juez de alta policía Capitán General ejecutarla la sentencia, siga en los demás tramites y proceso

Muñoz Rodriguez

Doy fe e incursele dado al Reo Antonio Esponda los dos cientos azotes, que se previenen en la sentencia, siento en el rollo, y los otros siento en las cuatro esquinas de la plaza. Santiago y septiembre treinta de mil ochocientos catorce años. También se quemó la bandera en los términos que se previene, doy fe

Quevedo


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